
Capitulo II
De la información pública que debe ser difundida de oficio.
Última actualización de esta sección 10/enero/2012
Información Pública del ITEA con base en el Art. 9 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes
ARTÍCULO 9o. Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar, cada vez que existan modificaciones a la misma, conforme lo señalen los lineamientos que expida el Instituto, entre otra, la información siguiente:
VII. El directorio de servidores públicos y funcionarios públicos.
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Itea 2010-2016
Instituto de Transparencia Itea
Comisionada Presidente del Itea:

Lic. María Cristina Díaz León

