Se interpone ante el Instituto de Transparencia del Estado.
Procede contra:
a) Resolución que se dicte por la Unidad de Enlace en la cual niegue o limite el acceso a la información.
b) Resoluciones que se dicten al Recurso de Revisión
El plazo parainter poner el Recurso será de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que surte efectos la notificación de la resolución.
-Se presenta por escrito o medio electrónico ante el Instituto.
-El escrito del recurso deberá contener los siguientes requisitos:
1. Dirigido al Instituto;
2. Hacer constar nombre del inconforme;
3. Señalar domicilio para recibir notificaciones y en su caso, a quien en su nombre las pueda oír y recibir
Precisar el acto o resolución impugnada y la autoridad responsable del mismo;
5. Identificar la fecha en que se hizo la notificación;
6. Mencionar los hechos en que se basa la impugnación;
7. Acompañar copia de la resolución o acto y del a notificación de la misma;
8. Ofrecer y aportar pruebas;
9. Hacer constar nombre y firma del quejoso
El Instituto podrá prevenir de errores de forma y fondo al presentarse el Recurso, pero de ninguna forma podrá cambiar los hechos.
-Los sujetos obligados tendrán que rendir oportuna y puntualmente los informes, documentos, etc., que les sean requeridos con motivo de la interposición del Recurso.
-El Instituto estará obligado a emitir una resolución en un plazo no mayor de 10 días hábiles
Las resoluciones que dicte el Instituto serán inatacables.
-El Instituto podrá:
1. Sobreseer;
2. Confirmar;
3. Declarar sin efectos;
4. Declarar ilegal la negativa de información;
5. Declarar ilegal limitación a la información;
6. Ordenar acceso a la información;
7. Imponer sanciones.
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Itea 2010-2016
Comisionada Presidente del Itea:

Lic. María Cristina Díaz León

